Plan de Formación y autoformación de trabajadoras y trabajadores

Tiene como objetivo diseñar y elaborar un Plan de Formación Autoformación Productiva que permita a todos los sujetos beneficiarios, y con base a las necesidades reales de las plantas, fábricas y en las Entidades de Trabajo, Centro de Formación Socialista y Comunidad a abordar, de manera sistemática y programada, la formación de los jóvenes y/o trabajadores, reconociendo las líneas de desarrollo estratégico, la capacidad instalada y la demanda formativa.

  • ¿Qué es el Desagregado Trimestral?

    +

    Es la planificación trimestral que debe realizar la Entidad de Trabajo que haya presentado el Plan y Programa de Formación y Autoformación Colectiva, para notificar al INCES Regional correspondiente, los requerimientos y necesidades de formación de sus trabajadores y trabajadoras.

  • Lapso de presentación del Desagregado Trimestral

    +

    Las Entidades de Trabajo deben consignar el Desagregado Trimestral correspondiente al desarrollo del Plan y Programa de Formación y autoformación colectiva, integral, continua, permanente y los Datos de los Participantes, de la manera siguiente:
    Para el Primer Trimestre del año consignará el Desagregado hasta el 30 de noviembre del año anterior a su ejecución.
    Para los trimestres sucesivos, deberán consignar dentro de los quince (15) días hábiles antes del inicio del trimestre a ejecutar.

  • ¿Quienes estan obligados a presentar el plan de formación y autoformación colectiva?

    +

    Todas las Entidades de Trabajo.

  • Lapso de presentación del plan y programa de formación y autoformación colectiva

    +

    Serán presentados por las Entidades de Trabajo antes del 30 de junio del año anterior a su ejecución en la Unidad Regional de Formación Profesional del INCES, de acuerdo a donde posea su domicilio fiscal.

  • Aprobación del plan y programa de formación y autoformación colectiva

    +

    El INCES deberá notificar oportunamente la aprobación de los Planes y programas de formación y auto-formación colectiva, integral, continua y permanente, de las Entidades de Trabajo, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del INCES, de no recibir información por parte del INCES antes del 1 de enero, se asumirá que el Plan ha sido evaluado favorablemente y la Entidad de Trabajo podrá dar inicio a la formación prevista.

¡Conoce más de este programa aquí!