[vc_row][vc_column][vc_custom_heading text=»¿Qué es el Poder Constituyente?» font_container=»tag:h1|text_align:left» use_theme_fonts=»yes»][vc_separator color=»turquoise» align=»align_left» style=»dotted»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″][vc_column_text]
El primer pensador que le dio cuerpo teórico a la noción de poder constituyente, fue el francés Emmanuel Sieyes, quien en 1788, ante la prerevolución francesa postula que la Nación, entendida como voluntad común, es depositaria de un poder originario a partir del cual se constituyen los poderes del Estado, por esta razón lo llamó Poder Constituyente.
[/vc_column_text][vc_toggle title=»2.- ¿Qué es la Asamblea Nacional Constituyente?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Es el espacio jurídico donde los representantes elegidos por el poder constituyente se encuentran para acordar la convivencia social y la normativa jurídica que la rige, la Constitución.[/vc_toggle][vc_toggle title=»3.- ¿Existe la figura en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Nuestra Constitución Bolivariana, resultante de proceso constituyente liderizado por el Comandante Hugo Chávez, reconoce en su artículo 347, que existe un poder originario.[/vc_toggle][vc_toggle title=»4.- ¿Cuáles son sus funciones?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.[/vc_toggle][vc_toggle title=»5.- ¿Por qué se convoca en este momento?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Para promover un gran dialogo nacional, que frene la escalada de violencia generada por parte de la dirigencia opositora, preserve la Independencia y la paz de la República y deje sentadas las bases constitucionales de un modelo social donde podamos vivir todos y todas con reconocimiento mutuo, igualdad, justicia, paz y dignidad.[/vc_toggle][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»444″ img_size=»medium» alignment=»center» onclick=»custom_link» img_link_target=»_blank» link=»http://10.0.0.41/nuevo_portal_3/wp-content/uploads/2017/10/documento_anc.pdf»][vc_custom_heading text=»Descargar» font_container=»tag:h4|text_align:center» use_theme_fonts=»yes» link=»url:http%3A%2F%2F10.0.0.41%2Fnuevo_portal_3%2Fwp-content%2Fuploads%2F2017%2F10%2Fdocumento_anc.pdf|title:Descargar|target:%20_blank|»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_toggle title=»6.- ¿Puede el Presidente de la República convocar a la Asamblea Nacional Constituyente?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]El artículo 348, de nuestra Constitución de 1999, establece que el presidente de la República, la Asamblea Nacional; los Cabildos Municipales o los ciudadanos y ciudadanas pueden tomar iniciativa de convocarla. En este caso el Presidente Nicolás Maduro ha tomado la iniciativa.[/vc_toggle][vc_toggle title=»7.- ¿Cómo se elige a sus miembros?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Por voto universal, secreto y directo.[/vc_toggle][vc_toggle title=»8.- ¿Por qué el Presidente Maduro propone que haya dos ámbitos de elección, territorial y sectorial?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Dado que nuestra Constitución Bolivariana de 1999 reconoce el carácter multiétnico y pluricultural de nuestra sociedad y establece el papel participativo y protagónico que deben tener los sectores sociales, en el ejercicio de la democracia, se considera pertinente la elección por sectores, además de la elección territorial.
Es por ello que el Presidente ha planteado que los principales sectores sociales deben escoger sus constituyentes de manera específica y también en el ámbito territorial. Todos y todas vamos a votar..[/vc_toggle][vc_toggle title=»9.- ¿Bajo qué criterio se escogen los sectores?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Considerando que existan registros institucionales, históricos, confiables y verificables que garanticen el principio de universalidad del respectivo sector.[/vc_toggle][vc_toggle title=»10.- ¿Como se postulan los candidatos?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]En los 2 ámbitos se hará por iniciativa propia, con el aval de un número de firmas ciudadanas, que fijara el Poder Electoral.[/vc_toggle][vc_toggle title=»11.- ¿La dualidad del voto es discriminatoria?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]No, porque priva el principio de que cada persona tiene tantos votos como cargos haya para elegir en su circuito. Tal como ocurre en los circuitos plurinominales y en los circuitos indígenas.[/vc_toggle][vc_toggle title=»12.- ¿Pueden seguir funcionando los poderes públicos constituidos una vez entre en funcionamiento la Asamblea Nacional Constituyente?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Pueden, pero en forma alguna podrá oponerse a las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente, tal como lo expresa el artículo 349 de nuestra Constitución de 1999.[/vc_toggle][vc_toggle title=»13.- ¿La Asamblea Nacional redacta una nueva Constitución?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»]Sí, profundizando y ampliando las bases doctrinarias de Independencia, Soberanía, Democracia Participativa y Protagónica, pluriculturalidad, economía mixta e igualdad social consagradas en nuestra Constitución Bolivariana.[/vc_toggle][vc_toggle title=»14.- ¿Qué se debatirá en la Asamblea Nacional Constituyente?» style=»round» color=»turquoise» size=»sm»][/vc_toggle][/vc_column][/vc_row]