** Las empresas públicas y privadas pueden registrarse, actualizar datos, declarar, reportar los pagos de los aportes en línea y obtener la respectiva solvencia electrónica
MIRIAMGONZÁLEZ VILLARROEL
A pesar de las adversidades que se viven en el país y en el mundo entero producto de la pandemia generada por el coronavirus, hay que tener en cuenta que, de acuerdo al artículo 49 de la Ley del Inces, las entidades de trabajo del sector privado y las empresas del Estado con ingresos propios y auto-gestionarios que den ocupación a cinco o más trabajadores están en la obligación de aportar al Inces el dos por ciento del salario normal pagado a los trabajadores, dentro de los primeros cinco días siguientes al vencimiento del trimestre, lo cual se convierte en la contribución parafiscal que las entidades de trabajo deben hacer a la institución.
Explica Nairobis Villegas, jefe de la Unidad de Ingresos Tributarios del Inces en Falcón, que tomando en cuenta lo expuesto, se está realizando un exhorto a instituciones tanto del sector público como del sector privado en la región, con la finalidad de que realicen la contribución, que es una obligación establecida en la Ley del Inces, “la Unidad de Tributos Inces no se detiene, no estamos de vacaciones y seguimos abocados para brindar la mejor atención y orientación a los empresarios que lo requieran”.
Indicó que con el aporte de los empresarios, los procesos de formación y auto-formación productiva de la institución avanzan en el país.
Dijo Nairobis Villegas, a pesar del Estado de Alarma producto de la COVID-19, continuamos informando sobre el cumplimiento de los deberes formales y materiales, para lo cual se han creado los canales informativos a través de las Redes Sociales en Twitter: @fiscalizainces y @tributosfal, así como también, por la cuenta de WhatsApp por el número 04164056871. También indicó que cuentan con el sistema en línea de servicios al aportante rncp.inces.gob.ve, herramienta donde el sujeto pasivo se convierte en protagonista de la transformación colectiva.
Lo importante, consideró Villegas, es dar respuestas oportunas y que el contribuyente esté convencido de que su aporte es retribuido con la formación del pueblo, “recaudamos para formar, porque juntos somos mejores y esperemos que este período de distanciamiento social sea de gran aprendizaje para todos los aspectos de la vida y seamos capaces de sembrar consciencia colectiva, Inces siempre presente”.
Finalmente, manifestó que aquellas entidades de trabajo que incumplan con las disposiciones de la Ley del Inces, relativas a los aprendices y su formación, serán sancionadas con multa desde el equivalente al importe económico que debió erogar para ejecutar estas obligaciones, hasta el doble de dicha cantidad. La imposición de esta multa no exime a la entidad de trabajo del cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y aprendices contempladas en la ley y aquellas entidades de trabajo que incumplan con las obligaciones tributarias serán sancionadas de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario (COT).